Diferencia entre la custodia y la patria potestad
Como es sabido, cuando dos personas deciden separarse su mayor preocupación es cómo va a afectar esa decisión a sus hijos. Entonces aparecen términos desconocidos hasta el momento, como la cuestión de quién tiene su custodia o quién la patria potestad. ¿Pero sabemos qué significan realmente estos términos? ¿Qué diferencia existe entre ellos? ¿Afecta únicamente a los hijos menores de edad?
Custodia y patria potestad son dos medidas a acordar dentro de un procedimiento de separación o divorcio que se pueden y suelen confundir fácilmente. Por ello, es necesario tener claro su significado y alcance.
Debemos saber que la custodia tiene como principal fin proteger al menor y favorecer su desarrollo, se refiere a quién vive con los hijos, cómo cuidarles y quién toma las decisiones cuotidianas sobre su vida. Puede atribuirse a un único progenitor o bien a ambos, y para ello, se tienen en cuenta diversos aspectos a la hora de determinarlo. En caso de que se atribuya a un solo progenitor, el progenitor no custodio podrá tener un régimen de comunicación y estancia, según el régimen convenido o estipulado por el juez. En todo caso, ambos progenitores en función de sus posibilidades y gastos de los menores deberán contribuir a su mantenimiento, pudiendo fijarse a cargo del progenitor no custodio la obligación de pago de una pensión alimenticia así como gastos extras ( extraordinarios o extraescolares…) del hijo o hijos en común. En el supuesto se ejerza una guarda conjunta o compartida, también deberá preverse el modo y términos de la contribución económica a dichos gastos.
Es importante señalar que el progenitor que ostenta la custodia exclusiva puede tomar las decisiones diarias relativas al menor. Pero ello no significa que el otro progenitor no pueda participar en las decisiones más importantes que afecten al menor. Aquí entra en juego la patria potestad. La patria potestad, salvo determinadas excepciones, es compartida ( en titularidad y ejercicio) entre ambos padres, y comprende una serie de deberes y facultades, tales como velar por los hijos, procurarles una formación integral, representarles o administrar sus bienes, entre otros. Ello significa que el progenitor no custodio, igualmente podrá o debería poder decidir sobre las cuestiones más importantes que les afecten, tales como su educación, salud, las celebraciones religiosas, etc.
En la práctica puede darse desacuerdo o discrepancia en el ejercicio de la potestad y debemos saber qué hacer ante este tipo de situaciones. En estos casos, lo más conveniente es solicitar asesoramiento especializado en la materia, y conocer qué posibilidad o a través de qué procedimiento podemos obtener respaldo judicial.