¿Qué es la incapacitación judicial?
La incapacitación judicial de una persona sólo puede obtenerse mediante sentencia judicial. El proceso de incapacitación es un sistema previsto para proteger tanto a la persona como a su patrimonio en el caso de que efectivamente concurra una causa de incapacidad derivada de enfermedades o deficiencias persistentes de carácter físico o psíquico que impidan a la persona gobernarse por sí misma.
La persona que se encuentra en dicha situación legal ( tras reconocimiento por sentencia judicial de la incapacidad) se encuentra con la imposibilidad de llevar a cabo de manera válida determinados actos jurídicos.
En estos casos, es importante que exista una tercera persona que ejercite funciones de representación y complemente su capacidad y podrá llamarse tutor, curador o defensor judicial, dependiendo del caso concreto y el alcance de su intervención.
¿Quién puede pedir la incapacitación judicial de una persona?
La ley de Enjuiciamiento Civil establece que la incapacitación judicial puede promoverla;
- El mismo presunto incapaz
- El cónyuge o el que se encontrare en una situación de hecho asimilable
- Descendientes
- Ascendientes
- Los hermanos del presunto incapaz
- El Ministerio Fiscal, en el caso que no existieran las personas mencionadas anteriormente o si las mismas no lo hubieran solicitado
¿Cómo se inicia un procedimiento de incapacitación?
Dicho procedimiento se inicia mediante demanda de incapacitación que deberá presentarse ante el Juzgado de Primera Instancia del domicilio donde reside el presunto incapaz.
La demanda se debe instar representado por procurador y defendido por abogado, acompañándola de la pertinente documentación, como son informes médicos y psicológicos, entre otros, necesarios para acreditar la situación de la persona que se pretende incapacitar.
Una vez presentada la demanda, el Tribunal oirá a los parientes más próximos del presunto incapaz, examinando a éste por sí mismo y acordando la necesidad o pertinencia de dictámenes periciales en relación con la pretensión de la demanda.
La sentencia que se dicte declarando la incapacitación, deberá determinar la extensión y límites de ésta, y en el caso de necesitarse de internamiento, se pronunciará sobre el mismo. El Tribunal deberá nombrar una persona o personas que deberán asistir o representar al incapaz y velar por él.
Para concluir éste breve artículo, os citamos uno de los párrafos del expositivo de la Sentencia del Tribunal Supremo de fecha 13 de mayo de 2015 que dice lo siguiente:
“El juicio de incapacidad no puede concebirse como un conflicto de intereses privados y contrapuestos entre dos partes litigantes, que es lo que, generalmente caracteriza a los procesos civiles, sino como el cauce adecuado para lograr la finalidad perseguida, que es la real y efectiva protección de la persona discapacitada mediante el apoyo que pueda necesitar para el ejercicio de su capacidad jurídica”.
Si tienes cualquier duda acerca del procedimiento de incapacitación o quieres saber más sobre éste procedimiento, no dudes en contactar con CABALLÉ I ESTELLÉS ABOGADOS. Te proporcionaremos toda la información que necesitas sin ningún compromiso.