Pueden reclamarse las mensualidades no abonadas tanto a través de la vía civil como la vía penal. La falta de pago durante dos meses consecutivos o cuatro meses no consecutivos de la pensión alimenticia es la premisa para poder solicitar al Juez su abono.
El Tribunal Supremo arrojó algo de luz sobre el asunto, mediante la Sentencia nº 564/2014 de fecha 14 de octubre, la cual ha unificado la doctrina en dicha materia, excluyendo el ingreso en prisión como causa de suspensión de la pensión alimenticia.
Caballé Estellés, Abogados Familia Barcelona @ 2017
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